Junio 16, del 2010
La Ley de Amparo al Paciente no se cumple. Así lo reconoce un hospital público y lo que es peor, lo vivió en carne propia María Panchi, quien fue víctima de un accidente cerebrovascular, a causa del cual debió pasar durante tres horas en una ambulancia en busca de una casa de salud que la reciba para salvarle la vida.En la madruga del 6 de junio, María, de 65 años, quedó inconsciente. Sus familiares llamaron de inmediato al 911, quienes no demoraron en llegar a la Cooperativa Ciudad de Quito, ubicada en el sector de Chillogallo.
Eran las 00:33 y María necesitaba ser internada de emergencia en un hospital.
Dados los escasos recursos de la familia Panchi, estos solicitaron a los paramédicos que María sea trasladada al Hospital Eugenio Espejo, pero este no podía recibir a la víctima. La razón: falta de espacio y cama.
Entiéndase por cama, no solo el lugar donde se recuesta el paciente, sino médicos, enfermeras y todo lo necesario para atender.
La misma respuesta dieron los hospitales Enrique Garcés y Pablo Arturo Suárez; la clínica Tierra Nueva y el Hospital San Bartolo tampoco pudieron recibir a María, esto según el informe de los paramédicos del Cuerpo de Bomberos.
Al cabo de tres horas en una ambulancia, la Clínica Villa Flora recibió a María, a las 03:15 del domingo 6 de junio.
Los costos de la clínica hicieron que los Panchi busquen trasladarla de forma inmediata al Eugenio Espejo.
En la tarde de aquel domingo, Yolanda Panchi, hija de María, llegó con el informe médico de su madre al Eugenio Espejo, pero la respuesta fue: “Al momento no hay espacio físico”.
Héctor Martínez, subdirector técnico del Hospital Eugenio Espejo, dice que la casa de salud “tiene apenas 18 camas en terapia intensiva, para una población de 2 millones de habitantes. El hospital debería tener 40 camas, pero el espacio y los recursos económicos no permiten tener esa disponibilidad”.
“Cuando viene una paciente, así sea en muy malas condiciones, no podemos recibirle por falta de espacio físico. No es prudente sacar a un paciente para recibir a otro que está peor, eso no es ético”, señala Martínez, “es más, si en la Clínica Villa Flora no hubieren tenido espacio, tampoco le hubieran podido recibir a la señora”, añade.
El lunes 7 de junio, los Panchi hacen un nuevo intento por sacar a su madre de la Villa Flora, pero el Espejo hace una observación en el informe médico: “Se requiere tomografía de control para nueva evaluación”.
Sobre este examen en el informe de la Villa Flora dice: “se solicita TAC de control (tomografía) pero los familiares deciden no realizarla”. Katy Hermida, administradora de la Clínica Villa Flora, dice: “ellos pidieron que no hagamos el examen, porque le querían llevar a otro hospital y ya no tenían plata, pero luego autorizaron a que se lo realice”.
Yolanda Panchi dice que no fue así: “Nosotros nunca nos opusimos a que le hagan este examen”, asegura.
Martínez dice que no era posible recibir a María sin los resultados de la tomografía
“La tomografía no es nada significativo, no tiene nada que ver con la recepción o no”, dice Hermida “ahora están poniendo cualquier pretexto, a ellos (al Hospital Eugenio Espejo) les asusta que es una paciente grave y por eso no le reciben”, añade.
¿Criterios médicos distintos? Para Hermida no, “el hecho de que el Eugenio Espejo, no haga válido un informe nuestro, pone en riesgo a nuestro paciente”.
Pero para Martínez: “si un paciente no tiene para pagar, ellos quieren que este desocupe su cama o que les paguen. A ellos no les importa el estado evolutivo de la paciente”, dice.
El 8 de junio, María fue recibida en el Eugenio Espejo, según Martínez, en esa fecha tenían espacio para recibirla: “entró en coma, sin responder y ahora ya responde a estímulos verbales”.
Denuncia
Katy Hermida denuncia que el Eugenio Espejo ha incumplido con la Ley de Amparo al Paciente, que es su artículo12 señala que “bajo ningún motivo un centro de salud podrá negar la atención de un paciente en estado de emergencia”.
Por su parte, Yolanda Panchi escribió una carta dirigida al ministro de Salud, David Chiriboga, en la cual exige que dé “una solución a este problema, porque ahora yo no cuento con los medios económicos para solventar la clínica y no es justo… que no pueda pagarles”.
La Ley de Amparo al Paciente dice que: “El centro de salud que se negare a atender a un paciente en estado de emergencia será responsable por la salud de dicho paciente y asumirá solidariamente con el profesional o persona remisa en el cumplimiento de su deber, la obligación jurídica de indemnizarle los daños y perjuicios que su negativa le cause”.
“En ninguna parte de la Ley, dice que porque falte una tomografía no le pueden recibir en un hospital”, señala Hermida, “hay una ley… que nadie puede dejar de cumplir, el paciente tiene que ser recibido siempre en cualquier situación de emergencia”, añade.
Martínez reconoce que la Ley no se cumple: “nosotros tenemos que recibir al paciente en cualquier condición, pero si hay espacio físico, esos días no había espacio físico, no le podemos quitar a un paciente una cama para recibir a otra persona, eso es imposible, se debe esperar la disponibilidad de cama. No hay capacidad física par cumplir la Ley, hay que ser más flexible en lo que se dice y escribe”.
La paga
Hermida asegura que la Clínica Villa Flora ayudará a la familia Panchi a cubrir los gastos, que ascienden a algo más de tres mil dólares. María es madre de dos hijos, que ahora están en busca de alguien que les preste una tarjeta de crédito para cubrir el costo de una Ley que no se cumple.
Aquí la ley
El artículo 2 de la Ley dice que “Todo paciente tiene derecho a ser atendido oportunamente en el centro de salud de acuerdo a la dignidad que merece todo ser humano y tratado con respeto...”.
El artículo 11 dice que “Los valores no recuperados por el centro de salud por la atención a (sic) un paciente en estado de emergencia, podrán deducirse del impuesto a la renta...”.
En el artículo 9 dice que: “Se prohíbe a los centros de salud públicos y privados exigir al paciente en estado de emergencia y a las personas relacionadas con el, que presenten cheques, tarjetas de crédito, pagarés a la orden, letras de cambio... como condición previa a ser recibido...”.