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2014-01-14 06:39:44

Las licencias de campaña y la Constitución

Gustavo Chiriboga

La presidenta de la Asamblea, Gabriela Ribadeneira, no solo debería leer el artículo 146 de la Constitución, sino también el 147 y entender que entre las 18 atribuciones y deberes del Presidente de la República no consta ninguna que le permita solicitar licencia para ejercer actividades electorales sin ser candidato.

Está bien el encomiable propósito de consolidar la posición del movimiento del Gobierno sobre los demás partidos y movimientos políticos, pero no hay que hacerlo sobre la Constitución y la Ley.

Con estas licencias, la Asamblea está contribuyendo a la violación de la Constitución. Por favor, lean y entiendan lo que manda la Constitución, no nos salgamos del contexto u omitamos lo que no debemos ignorar, frente a las instituciones de control que hacen mutis por el foro.

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