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2015-04-24 21:24:18

Acumulación de décimos

Diana Chamorro

La normativa para la nueva modalidad de pago de las bonificaciones del Décimo Tercer y Cuarto sueldo fue emitida este viernes 24 de abril del 2015 por el Ministerio del Trabajo para el cumplimiento de la nueva Ley para la Justicia Laboral.

Esta ley estipula que el pago de las bonificaciones se realizará de manera mensual, siempre y cuando el empleado no haya solicitado por escrito a su empleador que desea recibir estos beneficios de manera acumulada.

De acuerdo a la primera disposición transitoria de la normativa, el plazo para que los empleados envíen la solicitud de acumulación es hasta el 20 de mayo y no el 30, como había anunciado el ministro Carlos Marx Carrasco un día antes de la publicación de la norma.

En el caso del pago mensual de los décimos, estos empezarán a cancelarse a partir del mes de mayo de 2015. Los meses ya devengados de la decimotercera remuneración y de la decimocuarta remuneración, deberán ser cancelados por parte del empleador de manera acumulada en el mes de noviembre de 2015 y en el mes de julio de 2015, respectivamente.Evelyn Tapia