Quito, Martes 21.05.2013 | 17:52
Home Servicios
12:23 | Miércoles 25 de Abril 2012
PDF Imprimir E-mail
¿Siempre existen utilidades?

AUDIO
FOTO
VIDEO


Utilidades

Llevo trabajando en una empresa privada un año y cuatro meses. Hace poco nos informaron que no hay utilidades. ¿Cómo sé si es verdad que no existieron   utilidades? ¿Cómo puedo confirmar esto?

Los  artículos 104, 105 y 628 del Código del Trabajo, en resumen señalan: Que para la determinación de utilidades de las empresas se tomarán como base las declaraciones que se hagan para pago del impuesto a la renta.

También dice que el SRI, a petición del Director Regional del Trabajo (DRT) o de las organizaciones de trabajadores de las empresas, podrá disponer las investigaciones que estimare convenientes para la apreciación de las utilidades efectivas.

A partir del 31 de marzo de cada año, las empresas tienen 15 días para entregar las utilidades a sus empleados. 

El empleador remitirá a la DRT la comprobación fehaciente de la recepción de las utilidades por el trabajador, bajo pena de multa.

Si no lo hace, será sancionado con una multa de entre tres y veinte salarios mínimos.  

Para averiguar si hay o no utilidades, puede ir al Ministerio de Relaciones Laborales y poner una petición de que le informen si la empresa ha declarado utilidades, y si lo ha hecho, si ésta se halla conforme a la declaración del impuesto a la renta de la empresa.

Òscar Chamorro,
Doctor en Jurisprudencia

 

Escribir un comentario

“No se aceptarán comentarios con pseudónimos. Por favor escriba su nombre y apellido completos. Muchas gracias por participar”.


Código de seguridad
Refescar

Retratos de una madre

Especial Desnudando a Iron Man

messi

Los 30 sitios seguros en Quito

> Tres años en el olvido

> ÁREA DE VIDEO

¡Compórtate a la altura! Campaña para mejorar la actitud de la ciudadanía en Quito.

> LO MÁS CALIENTE

> ESPECIALES MULTIMEDIA