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El Jefe Eres Tú
6 de noviembre de 2017 09:55

Estos son los requisitos para retirar los fondos de reserva

Este monto que se entrega a los  trabajadores es un derecho consagrado dentro de las normativas nacionales. Foto: Archivo

Este monto que se entrega a los trabajadores es un derecho consagrado dentro de las normativas nacionales. Foto: Archivo

Patricia González

El pago de los fondos de reserva es un derecho que tienen todos los trabajadores, de los sectores público y privado, en relación de dependencia, a partir del segundo año de trabajo en la misma empresa, según lo establecen el Código del Trabajo y el Reglamento de la Ley del Servicio Público.

Desde el mes 13 de labores en una empresa, el empleador debe cancelar mensualmente a sus empleados el 8,33% de su salario.

Pero, el trabajador puede optar por ahorrarlo en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Para ello, el afiliado debe registrar la “solicitud de acumulación”, disponible en el portal web del IESS.

Si los fondos se acumulan, estos podrán retirarse luego de un plazo mínimo de tres años o lo que es igual tras haber registrado 36 pagos mensuales. Para ello deberá realizar un trámite en el instituto asegurador.

“El IESS devuelve al afiliado el 100% de los fondos de reserva acumulados, que incluye el capital que fue depositado por el empleador en el IESS más los intereses de rendimiento”, detalla la página web del Seguro Social.

Iván Nolivos, abogado laboral, aclara que si una persona cambia de trabajo, deberá esperar nuevamente un año para tener derecho a recibir o acumular los fondos de reserva.

Precisó que si un empleado que acumula el fondo, cambia de empresa antes de cumplir los tres años, no podrá retirarlos una vez que salga de la empresa. Sin embargo, no los pierde. Estos se mantienen como un ahorro en el IESS, que podrá retirar en los mismos plazos establecidos, en una nueva relación laboral.

El portal del Seguro Social aclara que los afiliados cesantes también podrán solicitar sus fondos de reserva, luego de dos meses sin aportaciones al IESS.
En el caso de los jubilados o mayores de 60 años, si cuentan con valores disponibles, pueden retirarlo en cualquier momento.

Los jubilados activos menores de 60 años deben cumplir los mismos requisitos de afiliados activos para poder retirar los fondos.

Por su parte, aquellos afiliados al IESS que cumplan 40 años de servicios y sean menores de 60 años, si tienen valores acumulados podrán retirarlos en cualquier momento.

El Seguro Social aclara que para hacer el retiro, los asegurados no deben tener mora patronal, mora en créditos de historia laboral ni bloqueos totales.

Los afiliados pueden consultar el estado de sus fondos de reserva ingresando al portal digital del IESS, . Dirigirse a la sección “Afiliados” y posteriormente a “Servicios en Línea”, donde encontrará la pestaña “Fondos de reserva”. Para acceder al sistema, se pide el número de cédula y clave del afiliado al seguro social.

Una ventaja de acumular el fondo es que es la primera garantía para la aprobación de un préstamo quirografario. De igual forma, con los valores del fondo se pueden cancelar el préstamo sin ningún problema.

Tomar en cuenta

Tiempo.- Los empleados tienen derecho a recibir el fondo de reserva a partir del segundo año de trabajo en una empresa, es decir, desde el mes 13.
Retiro.- Los trabajadores que decidan acumular el fondo podrán retirarlo luego de mínimo tres años, contados a partir del mes 13 de labores en una empresa.
Consulta.- Los afiliados pueden consultar el estado de sus fondos de reserva en el portal del IESS. Para ello deben ingresar número de cédula y una clave de afiliado.
Beneficiados.- Los afiliados al IESS cesantes podrán solicitar sus fondos luego de dos meses sin aportaciones. Jubilados o mayores de 60 años, en cualquier momento.