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30 de mayo de 2019 09:11

Ya no pague las deudas de otros

Decenas de personas acudieron a la ANT (en la avenida Occidental) para hacer los bloqueos. Foto: Geovanny Tipanluisa / ÚN

Decenas de personas acudieron a la ANT (en la avenida Occidental) para hacer los bloqueos. Foto: Geovanny Tipanluisa / ÚN

Redacción Últimas Noticias
(I)

A muchas personas les está pasando que se aparecen a su nombre deudas en la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) que tienen que ver con infracciones de vehículos que ya no son de su propiedad.

Desde ayer, 29 de mayo del 2019, la ANT ya permite hacer un bloqueo inmediato de tales obligaciones a solicitud del interesado para que pasen a quien realmente las generó. Esto permite que ya no se sigan acumulando multas e intereses.

Una vez hecho el bloqueo, las deudas pasarán al nuevo propietario del automotor. Pero para eso debe cumplir con algunos requisitos, que se detallan más abajo.

También pueden hacer los bloqueos las personas que en algún momento chatarrizaron los carros, le robaron o se destruyeron en fenómenos naturales.
En estos casos también se acumulan las deudas, porque los dueños nunca dieron de baja a propiedad de esos automotores.

Desde las 08:00 de ayer, decenas de personas llegaron a las oficinas de la ANT en Quito para hacer esos bloqueos. Los usuarios pedían explicaciones sobre en qué casos y cómo hacer el trámite.

Cerca de las 09:00, personas trataban de absolver las dudas de los usuarios y entregaron los formularios que deben llenar.

El bloqueo cuesta USD 7,50, que se debe pagar en una ventanilla bancaria que está en el mismo edificio de la ANT.

¿En qué casos se puede hacer el bloqueo y cuáles son los requisitos

Por Compraventa  

La ANT propone dos vías: con contrato y sin contrato de compraventa. En el primer caso, la persona debe hacer una solicitud a la ANT y adjuntar una copia del contrato con reconocimiento de firmas ante un notario. Si no cuenta con el documento, la persona que consta como propietario debe solicitar el bloqueo y adjuntar una declaración juramentada.

Por robo

El propietario puede solicitar el bloqueo del vehículo y adjuntar la copia de la denuncia en la Policía Judicial o la orden del juez, quien dispone el bloqueo. En caso de que usted no tenga la denuncia, puede hacer una declaración juramentada en la que consten las características del vehículo y la fecha en la que fue hurtado. También debe tener el título de propiedad.

Por chatarrización

Si el dueño tiene un certificado de chatarrización podrá solicitar el bloqueo por inactividad. La ANT le exige que el solicitante incluya el título de propiedad del automotor. Los que no tienen papeles deben presentar una declaración juramentada con la fecha de la chatarrización. Si el bien es de una persona que murió, sus herederos pueden hacer el trámite.

Por daño irreparable


Se debe solicitar el bloqueo a través de un formulario en que se indica que el vehículo está sin circular y no puede volver a hacerlo por las razones específicas. La ANT verificará si se ha registrado algún movimiento desde esa fecha. En caso de desastre natural se debe adjuntar la certificación de que tal hecho ocurrió, emitida por la autoridad competente.

El desbloqueo


Si el vehículo robado es encontrado, usted podrá solicitar el desbloqueo y cancelar los valores pendientes por matriculación. La ANT también puede desbloquear el vehículo y volver a cargar los valores pendientes si descubre que la persona mintió. En el caso de compra-venta, la entidad da un plazo de 30 días para finalizar el trámite de traspasar el bien.