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10 de junio de 2019 11:00

34 años de cárcel por la muerte de Mariuxi

La Fiscalía de Tungurahua llevó adelante el proceso. Habrá una apelación. Foto: archivo / ÚN

La Fiscalía de Tungurahua llevó adelante el proceso. Habrá una apelación. Foto: archivo / ÚN

Redacción Últimas Noticias
(I)

Mariuxi Franco fue asesinada el 4 de octubre del 2018 en Baños de Agua Santa, en la provincia de Tungurahua y la sentencia a los autores materiales e intelectuales llegó la tarde del pasado viernes 7 de junio del 2019..

Los sentenciados Glenda L. y Rolando S. purgarán una pena de 34 años con ocho meses de cárcel. El mismo tiempo guardará el coautor Joffre Y. En calidad de cómplice, a Angie O., hija de Glenda L., se le dictó 12 años de cárcel.

La joven víctima tenía 30 años, su cuerpo fue encontrado el 8 de octubre del 2018  flotando en la represa del Agoyán, atado con una soga. En la audiencia se recordó que la víctima fue golpeada, asfixiada y lanzada aún con vida al río Pastaza, pero atada con una soga el pie derecho y mano del mismo lado.

“Gracias a Dios se hizo justicia”, dijo Ángel Arévalo, familiar de la mujer asesinada, quien aseguró que ahora seguirán el proceso para recuperar a la niña que le quitaron a Mariuxi, oriunda de Milagro.

En su intervención, el Fiscal sustentó la culpabilidad de los cuatro ciudadanos con pruebas testimoniales, documentales y periciales, como las versiones de los acusados, el parte policial, la autopsia médico-legal, el análisis técnico de los teléfonos incautados, mensajería electrónica y también el reconocimiento del lugar de los hechos.

Luego de escuchar a los testigos y a los procesados durante casi una semana, el juez Patricio Riofrío dio a conocer el veredicto de los miembros del Tribunal de Garantías Penales.

En la diligencia, se recordó que Glenda L. fue quien contrató a Joffre Y. para que cite a Mariuxi hasta la vivienda en donde fue asesinada; cuando supo de las intenciones él rechazó la oferta, pero bajo amenazas lo obligaron a llamarla y luego lo dejaron ir, no sin antes advertirle de lo que le podía pasar si avisaba.

El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y, aunque es sancionado con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, en este caso, la condena se incrementó por aplicación de las circunstancias estipuladas en el numeral 2 y 8, y la agravante establecida en el numeral 5 del artículo 47 del mismo cuerpo legal, ya que la infracción fue cometida entre dos o más personas.

El defensor de Joffre Y., Mario Yautibug, señaló que apelará la decisión de los miembros del tribunal porque considera que no se tomó en cuenta la colaboración que dio para resolver el caso, ya que fue él quien denunció el hecho.

Al parecer, Mariuxi había tenido una niña hace aproximadamente cinco años, pero las dos mujeres sentenciadas se la habrían arrebatado y registrado. La víctima estaba pidiendo que se la devuelvan.