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2013-01-11 17:42:24

La veda de cangrejo no se mueve

Archivo/u00daNArchivo/u00daN
Fernando Mendoza, desde Lima

El Viceministerio de Acuacultura y Pesca dejo clarita la decisión, hoy 11 de enero, que la veda de los cangrejo rojos (Ucides occidentalis) y azules (Cardisoma crassum) comenzará el 15 de enero y se extenderá hasta el 15 de febrero en el territorio del Ecuador.u00a0Según el Viceministerio, no hay ningún cambio en la fecha del comienzo de la prohibición de la captura de estas dos especies de patitas gruesas y flacas.u00a0La aclaración la hizo oportunamente, ante la información enviada esta mañana, del 11 de enero, por la Dirección Nacional de Comunicación (Coordinación zonal 7) del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (Magap).u00a0El informe del Magap llegó a las 08:19, y anunció el nuevo período de veda del cangrejo rojo (Ucides crassum Smith), en todo el territorio nacional. Por ahí, en las redes sociales, aplaudían la medida y hacían planes para comprar, lo más pronto posible, los cangrejitos. La medida estipulaba que

desde las cero horas del 1 de marzo hasta las 24 horas del 31 de marzo de cada año.u00a0Según ese documento, la decisión se basa en el Acuerdo Ministerial N. 263 firmado por el viceministro de Acuacultura y Pesca, Guillermo Morán, y la medida se adopta con base en el informe del Instituto Nacional de Pesca, emitido el 4 de enero de este año.u00a0El Viceministerio de Acuacultura y Pesca indicó -a través de un boletín- que el director de Control de Recursos Pesqueros, Molke Mendoza, señaló que la

veda por reproducción del cangrejo se da de acuerdo con

lo estipulado en el Acuerdo Ministerial 016 del 13 de febrero de 2004, ratificado mediante el

Acuerdo Ministerial 002 del 10 de enero de este año.u00a0u0093La veda por reproducción es una medida que permite que las especies cumplan con su período de precortejo y cópula, actividades biólogicas que se realizan exclusivamente en el exterior de la madriguerasu0094, explicó el funcionario.u00a0Dentro de los controles a este recurso marino es que se debe respetar durante todo el año la talla mínima de captura del recurso, establecida en 6 centímetros del ancho caparazón.u00a0Mientras dure la veda están prohibidos la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización interna y externa de estos crustáceos.u00a0Las personas que no cumplan con la disposición estatal serán sancionadas con una multa de 2 a 10 remuneraciones básicas unificadas y prisión de 15 a 60 días.u00a0Noticias relacionadas

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