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10 de septiembre de 2020 09:49

Desahucios se retoman el 12 de noviembre

En el Complejo Judicial Norte se reactivaron los procesos por inquilinato. Foto: Vicente Costales / ÚN

En el Complejo Judicial Norte se reactivaron los procesos por inquilinato. Foto: Vicente Costales / ÚN

Mónica Orozco (I)

Los beneficios de la Ley de Apoyo Humanitario para las personas que tienen problemas para cumplir con pagos de servicios básicos, seguros, arriendo o créditos bancarios están atados a la duración del estado de excepción, que rige hasta el próximo 13 de septiembre del 2020.

Luego de que el Gobierno confirmara que no extenderá más allá de esa fecha esta decisión, por un fallo de la Corte Constitucional, los beneficios de la Ley tienen ahora fecha definitiva de vigencia.

Por ejemplo, todas las empresas que proveen los servicios básicos (agua, luz y teléfono) y de telecomunicaciones (teléfono móvil e Internet) no suspenderán los cortes por falta de pago mientras permanezca vigente el estado de excepción y hasta por dos meses después de su terminación; es decir, la prohibición de cortar servicios está vigente hasta el 12 de noviembre del 2020.

Hasta esa misma fecha no se podrán ejecutar desahucios a arrendatarios, excepto en los casos de peligro de destrucción o ruina del lugar y en caso de uso del inmueble para actividades ilegales. El desahucio consiste en notificar al arrendatario que debe salir del inmueble alquilado.

Para evitar esto, los arrendatarios deberán cancelar el 20% del valor de los cánones pendientes y en el caso de locales comerciales, el arrendatario debe demostrar que sus ingresos se han afectado en al menos un 30% en relación con el mes de febrero del 2020.

Esta suspensión podrá extenderse en caso de que arrendatario y arrendador acuerden por escrito un plan de pagos sobre los valores adeudados.

En los casos en que el arrendador pertenezca a un grupo de atención prioritaria, y
el arriendo sea su medio de subsistencia, no aplicará la suspensión temporal del pago de arriendos, salvo que el arrendatario pertenezca también a un grupo de atención prioritaria. En este último caso, las partes llegarán a un acuerdo.

También hasta el 12 de noviembre, todas las entidades del sistema financiero nacional (incluidas tarjetas de crédito y casas comerciales) deberán reprogramar el cobro de cuotas de los préstamos.Esto último puede incluir prórroga en el pago o reprogramación de cuotas.

El dato. Desde la vigencia del estado de excepción y hasta un año después la Ley prohíbe el incremento en tarifas o tasas de los servicios básicos y de telecomunicaciones (13 de septiembre del 2021).